sábado, 3 de noviembre de 2007

Las oposiciones a Policía en Torrejón de Ardoz, bajo sospecha por "fallos garrafales"


Fuente:
http://www.20minutos.es/

O. F.. 02.11.2007
  • Varios aspirantes han detectado errores de correción.
  • Al menos ocho de las cien preguntas de la prueba están equivocadas.
  • La respuesta del tribunal fue que "sería un jaleo modificar las notas".

Cuando a Manuel le dieron los resultados de las últimas pruebas para policía local de Torrejón de Ardoz, no se lo podía creer: "el examen teórico me daba una nota bajísima. Al menos ocho de las cien preguntas contenían fallos garrafales", según denuncia en una carta a 20 minutos.

Hay errores, pero sería un jaleo modificar ahora las notas

Manuel no se llama Manuel. Oculta su nombre por miedo a represalias. Pero no es el único afectado. Otros quince opositores, que también quieren permanecer anónimos, se han quedado fuera de poder optar a 21 plazas de agente de la Policía Local.

"Estuve un año estudiando y me gasté más de 900 euros en una academia", explica Manuel. Pero lo peor vino cuando fue a revisar su examen el 16 de octubre, un día después de la entrada de los últimos aprobados en la Academia de Policía. Durante la revisión, un miembro del tribunal le llegó a reconocer que había errores, pero dijo que "sería un jaleo modificar ahora las notas".

El Ayuntamiento de Torrejón ha rehusado hacer valoraciones, ya que el tribunal examinador estaba "deliberando", pero aseguró que si hubiera fallos los afectados entrarían en la siguiente promoción.

Algunas preguntas de la polémica

  • Los policías locales son fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado: a) en todos los casos. b) sólo cuando actúan con la Policía Nacional, c) si lo establece el alcalde. Dan por buena la a, pero la ley 2/86 dice que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado son Guardia Civil y Policía Nacional, no local.
  • La Audiencia Nacional está integrada por las salas: a) civil, social y contencioso-administrativo: b) civil, penal y contencioso administrativo. c) de lo penal, social y contencioso-administrativo. Dicen que la correcta es la b, pero la Audiencia Nacional no tiene sala civil, y sus salas son cuatro: penal, apelación, social y contencioso-administrativo; según regula la ley orgánica del Poder Judicial.
  • El permiso de clase C autoriza a conducir: a) Autos con menos de nueve asientos. b) Autos de más de 3.500 kilos. c) Ambas son correctas. Dan por buena la c, pero es la a. La c sería correcta si preguntaran por el permiso D1, que da licencia para conducir... un autobús. Según el Real Decreto 772/97.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

aquí van algunas cosillas.
El acceso a la función pública está garantizada de manera constitucional. Ello supone que los ciudadanos puedan acceder al empleo público de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad(todos ellos, vuelvo a repetir aparecen contemplados en nuestra constitucion española), por lo tanto:
1º. Si es cierto que se ha garantizado a aquellas personas que se han quedado fuera, su inclusión en la siguiente convocatoria, se estaría vulnerando el principio de igualdad reconocido en nuestra art. 14 de la constiucion.
2ºla publicidad de las convocatorias se realizan en los boletines oficiales, en el caso de torrejon, debe publicar en el BOCM (Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid), creo que esto si que se ha cumplido, porque yo misma vi en su día la publicacion, el problema está en que el plazo de presentacion de solicitudes se abrió, si no recuerdo mal el en mes de agosto, por lo que pillaría a mucha gente de vacaciones, ya que una vez publicadas las convocatorias se otorga un plazo de 20 días para la presentacion de solicitudes.


Con respecto al tema de las respuestas erróneas, decir lo siguiente en cuanto al tribunal de una oposicion:
El estatuto básico del empleado público, que es la Ley 7/2007, 12 de abril, que viene a regular todos los aspectos relativos al régimen estatuario de los funcionarios, así como el regímen jurídco, funciones y demás...
establece con respecto a los procesos selectivos, deben cumplirse los siguientes requitos:
-Publicidad de las bases y covocatorias
-Imparcialidad y profesionalidad de los miembros integrantes de los organos selectivos
-Discreccionalidad e independencia en la toma de decisiones
-Adecuacion de los contenidos de las pruebas selectivas con las funciones a realizar en los puestos de trabajo.


Pues nada aquí va una pequeña ilustracion de mis conocimientos (je,je)

javi dijo...

Hola chic@s, bueno el tribunal es soberano, "como el rey", pero no pueden cometerse irregularidades, y si se dieran, están los tribunales para resolverlo.

Anónimo dijo...

El mismo estatuto de la función pública que menciona Anónimo dice que en el tribunal debe tenderse a la paridad hombres- mujeres, y no pueden participar personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual en los órganos de selección (artículo 60.)

cucoalmeria dijo...

Increible noticia, voy a hacer un articulo sobre esto. Saludos
www.cucoalmeria.net